MEDIDAS PROCESALES FRENTE AL CORONAVIRUS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 3/2020, DE 18 DE SEPTIEMBRE
Resumen
Este trabajo de investigación analiza las medidas procesales que el gobierno español adopta en la Administración de Justicia para combatir los efectos del COVID-19. Dado que, en un primer momento, estas nuevas medidas procesales se adoptan tras la entrada en vigor del RD-ley 16/2020 hasta su derogación por la reciente Ley 3/2020, en este trabajo hemos querido analizar ambas normativas. Y ello, fundamentalmente, porque aun cuando muchas de estas medidas pierden sentido tras la finalización del estado de alarma consideramos relevante analizarlas por las importantes críticas de las que fueron objeto. Asimismo, muchas de aquellas medidas que incorpora el citado RD-ley no solo no pierden sentido, sino que continúan siendo necesarias y, por ello, se mantienen tras la entrada en vigor de la nueva ley. Hecha esta advertencia, nuestro trabajo se centra en aquellas medidas procesales urgentes en el ámbito de la Administración de justicia como la habilitación parcial del mes de agosto y cómputo de los plazos procesales y ampliación del plazo para recurrir que generaron una gran controversia tanto en la práctica como desde el punto de vista doctrinal. Asimismo, se ponen de manifiesto las medidas concursales y societarias adoptadas, en general, por el legislador, así como aquellas de carácter procesal. Y, dado que a lo largo del trabajo se hace referencia a las medidas organizativas y tecnológicas que incorporan las citadas normas, cerramos este trabajo con una breve referencia a dichas medidas. Dejamos fuera del ámbito de este trabajo el proceso especial y sumario en materia de familia que incorpora el RD-Ley 16/2020, no solo porque ya no está en vigor, sino porque constituye el principal objeto de estudio de otro trabajo trabajo de investigación.